Entradas

Trámites de herencia sin testamento

En los casos donde la causa de muerte es repentina, y la los herederos se encuentran con una herencia sin testamento, se deben seguir una serie de requisitos y pasos para acceder a ella.

Si este es tu caso, hoy en Tanatos Formación, Centro de Formación de Tanatopraxia y Tanatoestética en Madrid, Sevilla, Málaga y Santiago de Compostela, te contamos cuáles son los trámites que debes cumplir para acceder a tu herencia sin testamento.

Reúne los documentos necesarios

Si se produce el fallecimiento de una persona que no haya dejado testamento, para procesar la tramitación de la herencia es necesario contar con una declaración de herederos abintestato. Dicha declaración no establece el modo en que serán repartidos los bienes, únicamente quienes serán los herederos.

Para procesar la declaración de herederos abintestato, es necesario reunir los siguientes documentos.

  • Certificado de defunción de la persona fallecida.
  • DNI o Certificado de empadronamiento del fallecido.
  • Certificado de Actos de Últimas Voluntades. Sirve para acreditar que el difunto no dejó testamento.
  • Certificado de Nacimiento de los parientes del difunto con derecho a heredar.
  • Certificado de Matrimonio del difunto en caso de aplicar.

¿Quién puede procesar la declaración de herederos?

Las personas que pueden instar por una declaración de herederos son:

  • Descendientes.
  • Ascendientes.
  • Cónyuge.
  • Pareja de hecho.
  • Parientes colaterales.
  • Cualquier persona con interés legítimo a juicio del notorio.

Una vez que se tiene claro quienes van a ser los herederos, se deben llevar a cabo los siguientes pasos:

Acudir a la Notaria correspondiente

Una vez recopilado los documentos, deberás acudir a la notaria correspondiente para solicitar al notario que comience al acta de notoriedad. No es necesario que todos los herederos acudan a la notaria, solo basta con que uno de estos acuda en representación.

Conseguir dos testigos

También es necesaria la intervención de dos testigos que conozcan a la familia, y puedan aseverar la realidad de los hechos. Los testigos pueden mantener una relación parental con el fallecido, pero no pueden ser de los interesados en la herencia.

Obtención del Acta de Declaración de Herederos Abintestato

Tras 20 días hábiles desde el requerimiento inicial, el notario terminará el acta y procederá a su protocolización. Este documento declarará qué parientes del fallecido son los herederos abintestato, expresando los derechos hereditarios que le corresponden.

Una vez haya transcurrido el tiempo indicado, podrás obtener una copia del “Acta de Declaración de Herederos Abintestato”.

¿En qué otros casos se necesita la Declaración de Herederos Abintestato?

Existen casos en lo que, aun habiendo otorgado el testamento del fallecido, se necesitará la Declaración de Herederos Abintestato.

  • Testamento declarado nulo.
  • Testamento que no contenga institución de heredero en todo o parte de los bienes del testador.
  • Heredero instituido que no cumpla la condición impuesta por el testador.
  • Heredero testamentario fallece antes que el testador o renuncia a la herencia, si no tiene sustituto y no procede el derecho a acrecer.
  • Heredero instituido en el testamento incapaz de suceder.

Si tienes un problema con la tramitación del testamento de tu ser querido fallecido, acude a tu notaria correspondiente y asesórate al respecto.