Cuando perdemos a un ser querido, entramos en un proceso de duelo en el que no solemos pensar en otra cosa que no sea la ausencia de esa persona. Sin embargo, en estos momentos es inevitable el papeleo.
Empezar a gestionar esos papeles con antelación, con información sobre el asunto y sobre la ley, puede evitar posibles contratiempos con la empresa de prestación de servicios funerarios. Hoy hablamos sobre la normativa que regula los servicios funerarios en Madrid, sobre todo es importante si has hecho un curso de tanatopraxia en Madrid.
Legislación a nivel nacional
Antes de adentrarnos en leyes más específicas, hablamos de la legislación de la prestación de servicios funerarios de España. Todos los tanatorios y cementerios a nivel nacional deben adherirse a las leyes estipuladas para evitar la imposición de sanciones. Desde las más pequeñas -como multas-, hasta las más graves -como cierre o clausura-.
Entre las principales normativas por las que se rigen estas instituciones, se encuentran:
- El Decreto 297/1997 en el cual se aprueba el Reglamento de la Policía Sanitaria Mortuoria.
- La Ley General de Sanidad.
- Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios.
- Ley de Garantía de la Unidad de Mercado.
Legislación de la Comunidad de Madrid
Por su parte, la normativa cambia dependiendo de la comunidad autónoma, por lo que las leyes autonómicas sirven de apoyo en la regulación de las diferentes actividades que se desarrollan dentro de ellas.
La actividad de servicios funerarios no es una excepción, puesto que la antigua legislación que se establecía para todo el territorio nacional ha sido adaptada para cada comunidad. Las necesidades y realidades propias de cada región son parte de los factores que regulan cada una de estas normas.
En el caso de la normativa que regula los servicios funerarios en la Comunidad de Madrid, nos encontramos:
- Decreto 124/ 1997 del 9 de octubre, en el cual se aprueba el Reglamento de Sanidad Mortuoria de la Comunidad de Madrid.
- Orden 771/2008 del 31 de octubre, por parte de la Consejería de Sanidad por la cual se regula la realización de prácticas de tanatopraxia en la Comunidad de Madrid.
Legislación local
Por último, es importante destacar que los ayuntamientos también cuentan con su propia legislación local. Se trata de requisitos administrativos y normativas sanitarias que deben ser cumplidos por todas las empresas del sector funerario; como los cementerios y tanatorios.
Infórmate en el ayuntamiento de tu localidad para evitar cualquier obstáculo que pueda hacer aún más complicado el difícil trago de perder a un ser querido.